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domingo, 21 de marzo de 2010

LA ADMINISTRACIÓN EN LA AMÉRICA ESPAÑOLA. SIGLOS XVI-XVIII

En cuanto a los cargos administrativos en América debemos mencionar en primer lugar el de Adelantado. En la mayor parte de las capitulaciones de conquista se concede el título de Adelantado al Jefe de la expedición, quien tenía facultades para repartir tierras (los repartimientos) y encomendar indios (encomiendas). A la vez era también Gobernador, Capitán General y Alguacil Mayor de su provincia. Los Virreinatos surgen tras la creación de la capital el reino, haciendo necesario que el rey tuviera un representante en cada reino (Carlos I creó el Virreinato de Nueva España en 1535 y del Perú en 1542, ampliados en el S.XVIII con los de Nueva Granada en 1739 y Rio de la Plata en 1776). El Virrey tenía amplios poderes, dando cuentas sólo ante el rey; en los primeros tiempos el virrey era un cargo vitalicio, pero con el tiempo sus poderes se fueron limitando. Fueron superintendentes de la Real Hacienda, Capitanes Generales y por ello supremos Jefes Militares que tenían funciones judiciales como presidente de la Audiencia. Los Gobernadores rigieron las provincias por ellos conquistadas y puestos al frente de regiones fronterizas, ejercieron dentro de sus territorios la máxima autoridad, a veces también eran Capitanes Generales. Los Alcaldes Mayores y Corregidores tenían análogas funciones pero circunscritas a una demarcación menor, normalmente a una sola ciudad. Los Regidores controlaban la policía de abastos y visitaban las cárceles. Los caciques (curacas) gobernaban los poblados indios y se encargaban de la prestación del trabajo, función esta que pasará con el tiempo al Corregidor de indios.
En cuanto a las instituciones en América; Las Audiencias que se establecieron en un principio como órganos de administración de justicia en derecho civil y criminal, con Carlos I se instalaron en América y fueron ampliando sus funciones a políticas y administrativas (ejercidas por sus presidentes y oidores en corporación a través de Real Acuerdo), sin abandonar su carácter judicial en lo civil y criminal como tribunales de apelación donde habían fallado juzgados inferiores. El cabildo era una asamblea de los habitantes libres de las ciudades, tenía atribuciones judiciales como tribunales de apelación y nombraba a los funcionarios, controlaba la Real Hacienda, tenía funciones militares en relación a la Armada, presentaba los obispados, etc...

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